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PARGA & ASOCIADOSEstudio Jurídico
Medida cautelar urgente

Cuando la obra social dice que no, la Justicia puede revisarlo

Obligamos judicialmente a prepagas y obras sociales a cubrir el tratamiento que su médico indicó. La medida cautelar puede ordenar la entrega antes de que termine el juicio.

Urgencia médica 24/7: contacto directo para cautelares

Documentación que conviene tener

  • Indicación o receta médica con diagnóstico y CIE-10
  • Resumen de historia clínica
  • Negativa por escrito, mail o número de reclamo
  • Credencial y últimos comprobantes de pago del plan
  • Certificado Único de Discapacidad (si corresponde)

Si le falta alguno, escríbanos igual: en la primera consulta le indicamos cómo obtenerlo y en qué orden.

Qué resolvemos

Casos que tomamos en amparos de salud

Medicación de alta complejidad

Oncológicos, biológicos, huérfanos y tratamientos fuera de vademécum negados por costo o por no figurar en el PMO.

Aumentos indebidos de prepaga

Impugnación de incrementos por encima de lo autorizado, retroactivos y recategorizaciones por edad o preexistencia.

Cobertura integral por discapacidad

Prestaciones del CUD al 100%: acompañante terapéutico, transporte, escolaridad, rehabilitación y apoyos.

Prótesis, insumos e internación

Implantes, ortesis, internación domiciliaria, enfermería 24 h e internaciones prolongadas denegadas.

Paso a paso

Cómo avanza su expediente

Sin sorpresas: le anticipamos cada etapa y qué se espera de usted. El tiempo real de cada una depende del juzgado y de las particularidades de su caso.

  1. 1

    Evaluación de la negativa

    Revisamos la indicación médica, la respuesta del financiador y confirmamos la viabilidad de la cautelar.

  2. 2

    Carta documento e intimación

    Constituimos la mora del financiador y dejamos configurado el incumplimiento que habilita el amparo.

  3. 3

    Presentación del amparo

    Interponemos la acción con pedido de medida cautelar urgente ante el fuero federal o civil competente.

  4. 4

    Cautelar y cumplimiento

    Notificamos la orden judicial y controlamos la entrega efectiva bajo apercibimiento de astreintes. El plazo de resolución lo fija el juzgado según cada caso.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre amparos de salud

La medida cautelar es una orden judicial provisoria que puede obligar a la obra social o prepaga a dar la cobertura mientras el juicio sigue su curso, en lugar de esperar a la sentencia definitiva. Su procedencia y el tiempo que toma resolverla dependen de la prueba acompañada y de la decisión de cada juzgado; no hay un plazo que se pueda garantizar de antemano.

Hablemos de su caso de amparos de salud

La consulta inicial no tiene costo ni compromiso. En una charla de quince minutos sabrá si conviene avanzar y qué documentación reunir.

Otras áreas

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Consulta confidencial

Cuéntenos su caso

Puede escribirnos por formulario o pasar directo a WhatsApp. Todo lo que nos envíe está amparado por el secreto profesional, incluso si finalmente no nos contrata.

Consulta confidencial protegida por secreto profesional

Hay una negativa concreta o un plazo próximo a vencer.

Orden médica, resumen de historia clínica y la negativa por escrito. Hasta 5 archivos PDF o imagen, 8 MB cada uno.

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Horarios de atención

Lunes a viernes
09:00 – 19:00 · Atención presencial con turno previo, y por videollamada
Sábados
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También atendemos por videollamada a consultantes de CABA y de la Provincia de Buenos Aires. Coordinamos el turno por WhatsApp.